jueves, 7 de abril de 2016

Constitución de Apatzingan de 1814

Esta gran Constitución fue de las primeras en nuestro país, y si fue proclamada en el estado mexicano, ya que la Constitución de Cádiz en realidad era de España. Fue promulgada el 22 de octubre de 1814 y está basada en la Constitución de Cádiz. En esta se nos reconocían ciertos derechos, y aqui se hablara un poco de esta Constitución.





La Constitución de Apatzingán es la obra del Congreso de Chilpancingo. Está influida por el pensamiento político francés y por la Constitución española de Cádiz, pero las aspiraciones que reflejaba fueron motivadas por la conciencia que sus autores tenían de las profundas desigualdades sociales y económicas de la sociedad colonial.
El nombre de México, capital del virreinato y provincia según la Constitución de Cádiz, se extiende ahora como denominación del nuevo estado: la “América” se califica ahora como “Mexicana”. La Constitución se denomina Decreto Constitucional para la libertad de la América Mexicana.
Todas las instituciones se fundan en la soberanía popular. La nación mexicana se declara soberana.
Artículo 5. La soberanía reside originariamente en el pueblo, y su ejercicio en la representación nacional compuesta de diputados elegidos por los ciudadanos bajo la forma que prescriba la Constitución.
Se define la soberanía como “la facultad de dictar leyes y de establecer la forma de gobierno que más convenga a los intereses de la sociedad” (Artículo 2); la soberanía es “por su naturaleza imprescriptible, inalienable e indivisible” (Artículo 3); el gobierno se instituye “para la protección y seguridad general de todos los ciudadanos, unidos voluntariamente en sociedad...”; por tanto los ciudadanos tienen “el derecho incontestable a establecer el gobierno que más les convenga, modificarlo y abolirlo totalmente cuando su felicidad lo requiera” (Artículo 4). 
La parte más original del capítulo dedicado a la soberanía es la exigencia del respeto exterior y el señalamiento del derecho internacional asentada en el artículo 9: 
Artículo 9. Ninguna nación tiene derecho para impedir a otra el uso libre de su soberanía. El título de conquista no puede legitimar los actos de la fuerza: el pueblo que lo intente debe ser obligado por las armas a respetar el derecho convencional de las naciones. 

Esta disposición fija una idea fundamental en el pensamiento político mexicano. Nace de los anhelos de independencia y libertad que inspiraron la Constitución y se proyecta en una tradición invariable del pueblo mexicano de respeto entre las naciones y condena a la intervención de una en los asuntos de otra. Es original, trascendente y no tiene paralelo: es única en los textos constitucionales de la época.
Sobresale el principio de primacía de la ley para gobernantes y para gobernados: “La ley es la expresión de la voluntad general en orden a la felicidad común” (Artículo 18). “La sumisión de un ciudadano a la ley que no aprueba no es un comprometimiento de su razón ni de su libertad: es un sacrificio de la inteligencia particular a la voluntad general” (Artículo 20). 
Establece que el derecho de sufragio para la elección de diputados pertenece sin distinción de origen étnico a todos los ciudadanos en quienes concurran los requisitos que prevenga la ley con lo que se les otorgaba el derecho al voto tanto a los indígenas marginados, a los africanos sometidos a la esclavitud y a las castas sujetas al ostracismo social.

Artículo 6. El derecho de sufragio para la elección de diputados pertenece sin distinción de clases ni países, a todos los ciudadanos en quienes concurran los requisitos que prevenga la ley.

El pueblo delega el ejercicio de su soberanía en “órganos públicos o poderes”, que deben estar separados con el propósito de evitar el abuso del poder por un solo hombre, como sucedía bajo la monarquía. Por tanto, de la soberanía se deriva la división de poderes: “Tres son las atribuciones de la soberanía: la facultad de dictar las leyes, la facultad de hacerlas ejecutar y la facultad de aplicarlas a los casos particulares”. “Estos tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial no deben ejercerse ni por una sola persona ni por una sola corporación” (Artículos 11 y 12).

Se establece un gobierno nacional centralizado. El Congreso es el órgano supremo, integra a los otros dos poderes que le quedan supeditados: el Supremo Gobierno y el Supremo Tribunal de Justicia. Con Apatzingán nace la idea del Estado Mexicano.

Es notable el reconocimiento expreso de los fines del Estado:

Artículo 24: “la felicidad del pueblo y de cada uno de sus ciudadanos consiste en el goce de la igualdad, seguridad, propiedad y libertad. La íntegra conservación de estos derechos es el objeto de la institución de los gobiernos, y el único fin de las avocaciones políticas”.
Es también una disposición única en la época y excepcional en los textos constitucionales.
La Constitución de Apatzingán es el primer texto constitucional de México en incorporar una declaración de derechos humanos, si bien ya otros documentos de nuestra historia política, que le habían servido de antecedente, iniciaron la tarea de construir un gobierno sustentado en la idea de igual dignidad de todo ser humano.


Establecía que los derechos humanos deben ser reconocidos y respetados. El gobierno era el instrumento del pueblo para que éste gozara de sus derechos imprescriptibles e inalienables de igualdad, seguridad, propiedad y libertad.Las leyes dictadas por los representantes de la Nación, electos por los ciudadanos, se encaminaban a garantizar los derechos de igualdad, seguridad, propiedad y de las libertades civiles.
Esta Constitución tuvo derechos postivos, de los cuales aun siguen en vigor en nuestra Constitución de 1916-1917, su creación dio inicio para que se acabaran las desigualdades, discriminación, aunque en esta aun se imponía la religión católica como única, aspecto que años después ya no era obligatoria.

BIBLIOGRAFIA:
Museo de las constituciones. (s/f) Museo de las constituciones. (obtenido el 7 de abril de 2016)  http://museodelasconstituciones.unam.mx/Museo/page14/page4/page4.html

9 comentarios:

  1. Esta nos dio como buenos derechos humanos y tambien la mejor seguridad que los seres humanos querian tener a raiz de este tema fue que todo empezo a cambiar en forma positiva para nuestro pais.

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  2. Esta nos dio como buenos derechos humanos y tambien la mejor seguridad que los seres humanos querian tener a raiz de este tema fue que todo empezo a cambiar en forma positiva para nuestro pais.

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  3. está fue la primera en nuestro país y es importante saber como se a evolucionando nuestra constitución, en la constitución de Apatzingan se proclamo los derechos fundamental del hombre y del ciudadano, como sabemos también se estableció el derecho de sufragio para los diputados, y se establece los 3 poderes.

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  4. La constitución q da paso a nuestra carta magna

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  5. fue la primera constitucion que tuvo Mexico y estuvo compuest por 2 titulo y 242 articulos

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  6. Hay que recalcar que esta constitución fue copia y pega de lo mismo, así como sentimientos de la nación que fue copia de la constitución de Cariz, pero cada una con algún pequeño dato distinto siempre adaptándose a la sociedad.

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  7. Recalcando este tema es una de nuestras primeras constituciones que se escribieron en nuestro país por lideres independentistas.

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  8. El 22 de octubre de 1814, el Congreso, reunido en la ciudad de Apatzingán a causa de la persecución de las tropas de Calleja, promulgó la primera Constitución de México, titulada Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana buen tema

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  9. Esta fue la primera constitución hecha en nuestro pais, muy bien él tema

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